miércoles, 7 de octubre de 2009

La importancia de reclamar II

Alguna vez se han preguntado si la carta que todos los años mandan las isapres ajustando los planes de salud se ajustan a la legalidad, corresponde a sus facultades, contienen toda la información o si son lo suficientemente clara como para entenderlas adecuadamente?

Pues aunque no lo crean, un simple error de forma o la omisión de algunos antecedentes o datos obligatorios en este tipo de cartas podría impedirles aumentar los precios de los planes de salud y mantener la tarifa actual hasta el próximo año.

Como todos los años, en mayo o junio recibimos la carta en la que me informaban del aumento del precio del plan, el que a simple vista aumentaba como un 4.3%. Por si las moscas pregunté a la Superintendencia de Salud la validez del alza, a lo cual me respondieron que el porcentaje parecía estar dentro del rango autorizado y de paso me explicaron la mecánica de este tema.

Todos los años, las isapres deben informar a la superintendencia los porcentajes que aplicarán de alza a los precios de los planes de su cartera de clientes. Una vez recibida toda lainformación de las isapres, la superintendencia define una banda dentro de la cual se pueden “mover” o modificar los precios, estableciendo con esto un tope máximo de alza, el que en muchos casos puede ser inferior a lo informado por algunas isapres.

Si los clientes no objetan las cartas, que es lo normal en la gran mayoría de los casos, las isapres simplemente suben los precios de acuerdo a lo indicado en éstas.

En nuestro caso me quedé tranquilo por cuanto el porcentaje de la carta estaba dentro del rango indicado por la superintencia, por lo que prácticamente me olvidé por completo del tema. Sin embargo, cuando finalmente nos llegó el nuevo formulario FUN, el alza pareció convertirse en más de 9%, por lo que mandé una carta a la isapre pidiendo las explicaciones correspondientes, lo cual fue respondido dentro del plazo de los 15 días hábiles estipulados por ley.

No contento con su respuesta, presenté un reclamo en la superintendencia manifestando mi disconformidad con la respuesta de la isapre y por ende con el aumento del precio de mi plan de salud. Debo reconocer que no estaba muy seguro de la respuesta que daría la super, por lo que mi sorpresa fue mayúscula cuando recibí el fallo: GANAMOS, NO NOS PUEDENSUBIR EL PRECIO POR UN AÑO, salvo en aquellos parámetros que no son apelables como es el caso de los cambios etarios.

Una vez más le ganamos a la Isapre, Creo que a estas alturas van cerca de 6 o 7 reclamos presentados, TODOS ganados.

Les recomiendo que revisen las cartas de adecuación con cuidado y pidan mayores aclaraciones incluso si están de acuerdo con el contenido de éstas!

1 comentario:

  1. Solo como aclaracion:
    Debes considerar que otra cosa es el aumento por cambio de edad, que no tiene nada que ver con la adecuacion de las tarifas bases, la que tiene que cumplir con las leyes impuestas, como la que mencionas de su banda, la que que es por Isapre, hay una Isapre que no ha subido sus precios bases en los ultimos años.
    Ademas, es importante considerar que el aumento en la tecnoligia medica sube considerablemente mas que el IPC.

    Son dos conceptos diferentes.

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